Retiradas de resultados de búsqueda en aplicación de la normativa europea sobre privacidad
En una sentencia de mayo del 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que ciertas personas tienen derecho a solicitar a los motores de búsqueda, como Google, que retiren determinados resultados de búsqueda que hagan referencia a ellas. Este informe incluye datos sobre el volumen de solicitudes, las URL bloqueadas, las personas que envían las solicitudes, y el contenido de los sitios web y las URL incluidas en esas solicitudes.
Retirada de URLs de la Búsqueda de Google por motivos de privacidad
En una sentencia de mayo del 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que ciertas personas tienen derecho a solicitar a los motores de búsqueda, como Google, que retiren determinados resultados de las consultas que hagan referencia a ellas. Los motores de búsqueda deben aplicar esta decisión si los enlaces en cuestión son "inadecuados, irrelevantes", si "ya no son relevantes" o si son "excesivos", teniendo en cuenta factores de interés público, como el papel desempeñado por la persona en la vida pública. Solo se retiran páginas de los resultados como respuesta a solicitudes relacionadas con el nombre de una persona concreta. Bloqueamos las URL de todos los resultados de búsqueda europeos de Google (resultados de usuarios en Alemania, Francia, España, etc.) y utilizamos señales de geolocalización para restringir el acceso a la URL desde el país de la persona que ha solicitado la retirada. En el siguiente gráfico, se muestra el número total de solicitudes recibidas y el número total de URLs cuya retirada se ha solicitado desde el 29 de mayo del 2014.
Este gráfico muestra el porcentaje y el número real de URLs que hemos retirado después de revisarlas. Los datos que hemos usado para generarlo se remontan al 29 de mayo del 2014, día en que lanzamos nuestro proceso de solicitudes oficial. Ten en cuenta también que este gráfico no incluye las solicitudes de retirada de URLs que están pendientes de revisión o que requieren más información para que podamos procesarlas.
Análisis de las solicitudes
Evaluamos cada solicitud de forma individual. En algunos casos, es posible que solicitemos más información al individuo. Hemos creado minuciosamente unos criterios que cumplen las directrices del Grupo de Trabajo del Artículo 29.
En cuanto recibimos una solicitud mediante nuestro formulario web, se realiza una revisión manual de la misma. Una vez que hayamos tomado una decisión, el solicitante recibirá un correo electrónico en el que se le notificará al respecto y, si hemos decidido no retirar la URL, una breve explicación de los motivos. Si quieres obtener más información acerca de nuestro proceso y sobre cómo enviar una solicitud para que retiremos contenido, consulta el artículo Descripción general del derecho al olvido.
Motivos por los que no retiramos contenido
Podemos decidir no retirar páginas por motivos materiales, como la existencia de soluciones alternativas, razones técnicas o URL duplicadas. También es posible que determinemos que la página contiene información de interés público. Tenemos en cuenta varios factores para tomar esta decisión tan compleja, por ejemplo si el contenido está relacionado con la vida profesional del solicitante, con un delito anterior o con un cargo público o político, o bien si el contenido es de autoría propia, incluye documentos gubernamentales o es de carácter periodístico.
Ver solicitudes
Estos son ejemplos de solicitudes que nos han enviado los usuarios. Al evaluar cada una de las solicitudes,
Google debe tener en cuenta los derechos del usuario y el interés público que pueda suscitar el contenido. Hemos
eliminado toda información identificativa para proteger la identidad de los
usuarios en cuestión.
Recibimos una solicitud de una figura política para que retiráramos una URL que contenía acusaciones de abuso sexual grave contra una persona menor de edad.
Resultado
Retiramos la URL porque la persona solicitante nos facilitó una sentencia judicial donde se indicaba que la fiscalía había suspendido el caso.
Alemania
Solicitud
Recibimos una solicitud de la autoridad de protección de datos de Alemania en nombre de una persona para que retiráramos una URL. En la URL se mostraba una presentación sobre la participación voluntaria de la persona en cuestión como representante de los empleados con discapacidades de su antigua empresa.
Resultado
Retiramos la URL porque esa persona había abandonado la empresa hacía unos años y, por lo tanto, su cargo como representante había terminado.
Austria
Solicitud
Recibimos una solicitud de la autoridad de protección de datos de Austria en nombre de una persona para que retiráramos 12 URLs en las que se hablaba de la publicación de letras nacionalistas prohibidas en el folleto de invitación a un evento de una fraternidad. El uso de estas letras dio lugar a una demanda contra la persona, que posteriormente se retiró.
Resultado
Aceptamos retirar las 12 URLs porque la persona en cuestión era estudiante por aquel entonces y no estaba involucrada en ninguna actividad política.
Bulgaria
Solicitud
Recibimos una solicitud de una figura política para que retiráramos 11 URLs (artículos periodísticos y entradas de blog con fecha del 2012). En las URLs se informaba de la presunta actividad profesional ilegal que esa persona llevaba a cabo y se incluía información sensible sobre su orientación sexual, la cual había hecho pública la propia persona en un libro.
Resultado
No retiramos ninguna de las 11 URLs debido al papel que la persona solicitante desempeñaba en la esfera pública cuando recibimos la solicitud.
Bélgica
Solicitud
Recibimos una solicitud de una persona para que retiráramos 4 URLs: 2 artículos periodísticos del 2007 y 2 documentos archivados de la década de los 80, incluido uno que estaba alojado en un sitio web gubernamental. En las URLs se hablaba de acontecimientos históricos importantes que tuvieron lugar en un país de Sudamérica y en los que dicha persona había participado. En la solicitud se afirmaba que las URLs suponían un riesgo para la estabilidad física y psicológica de la persona y de su familia.
Resultado
No retiramos ninguna de las URLs debido al carácter histórico de los hechos y a la participación de la persona solicitante.
En este gráfico, se muestra un desglose de las categorías que utilizamos para clasificar los solicitantes cuando
evaluamos las solicitudes para retirar URLs. Hasta enero del 2018, el 1 % de todos los solicitantes representaban
aproximadamente un 20 % (1,4 millones) del total de las URL cuya retirada se había solicitado. Los datos representan
el número de solicitudes que hemos recibido desde enero del 2016.
En este gráfico, se muestra el porcentaje de URLs que hemos evaluado para su retirada de la categoría de sitio web indicada en la solicitud. En este gráfico no se incluyen las solicitudes de retirada de URLs que están pendientes de revisión o que requieren más información para que podamos procesarlas. Esta información data de enero del 2016.
Categorías de contenido cuya retirada se ha solicitado
En este gráfico, se muestra el porcentaje de URLs que hemos evaluado para su retirada, desglosado por la categoría de contenido de la URL solicitada. En este gráfico no se incluyen las solicitudes de retirada de URLs que están pendientes de revisión o que requieren más información para que podamos procesarlas. Esta información data de enero del 2016.
Contenido cuya retirada se ha solicitado, por categoría de sitio web
En este gráfico, se muestra el desglose de las categorías de contenido que figuran en las URL cuya retirada se ha solicitado, de acuerdo con el tipo de sitio web.
Cómo afecta la legislación europea sobre privacidad a los resultados de la Búsqueda de Google
Desde julio del 2014, la legislación europea sobre privacidad ha afectado a la información disponible
para determinadas consultas en la Búsqueda de Google. Estas cifras lo
ilustran.